En una decisión histórica, la Corte Constitucional de Colombia ha dictaminado que el simple acto de salir desnudo en espacios públicos ya no constituye un delito ni un motivo para sanción. Esto implica que una persona puede caminar desnuda por las calles, participar en actos culturales o manifestarse sin temor a recibir una multa o enfrentar repercusiones legales, salvo que esta desnudez se utilice con fines de acoso o violencia sexual. Esta resolución pone a Colombia en sintonía con varios países que consideran el nudismo una expresión legítima y no penalizable, respaldando el derecho de las personas a decidir sobre su propio cuerpo y su relación con el entorno.
¿Por Qué Era Penalizado el Nudismo en Colombia?
Hasta hace poco, el Código Nacional de Policía y Convivencia (Ley 1801 de 2016) consideraba el nudismo en espacios públicos como un acto de exhibicionismo sancionable. El artículo 33 de la ley estipulaba que las personas debían “abstenerse de irrespetar normas propias de los lugares públicos”, específicamente prohibiendo “actos sexuales o de exhibicionismo que generen molestia a la comunidad”. Esta disposición, sin embargo, era ambigua, pues el concepto de “molestia a la comunidad” no se definía claramente, lo cual dejaba la interpretación en manos de los agentes de policía.
El Proceso de Demandas y la Nueva Perspectiva Legal
La ambigüedad de la ley fue cuestionada por varios demandantes, quienes argumentaron que la falta de claridad permitía que los agentes de policía interpretaran el comportamiento nudista a su manera, en ocasiones aplicando sanciones a expresiones artísticas o culturales, como protestas o manifestaciones. La falta de lineamientos claros en la legislación había llevado a interpretaciones subjetivas y discriminatorias contra ciertos actos que no necesariamente tenían connotaciones sexuales o lascivas.
En respuesta a esta demanda, la Corte Constitucional evaluó la validez de esta disposición y consideró que la frase “que genere molestia a la comunidad” carecía de precisión y podía ser utilizada para reprimir conductas que, si bien podrían resultar incómodas para algunas personas, no representaban un acto lascivo ni tenían intención de ofender. La Corte concluyó que esta subjetividad no solo vulneraba el principio de legalidad, sino que podía derivar en discriminación y en violaciones a los derechos constitucionales de libertad de expresión y libre desarrollo de la personalidad.
La Decisión Final de la Corte Constitucional
La Sala Plena de la Corte determinó que la exhibición de los órganos genitales solo podrá ser sancionada en situaciones donde exista una intención clara de acoso o violencia sexual. Así, el alto tribunal eliminó la posibilidad de que el nudismo fuera penalizado por el simple hecho de causar incomodidad a otros.
La Corte también dejó en claro que el concepto de “exhibicionismo” no puede ser entendido como cualquier acto de desnudez en espacios públicos, sino que debe vincularse exclusivamente a situaciones en las que el propósito sea acosar o inducir a conductas sexuales no deseadas. Con esta resolución, la policía queda despojada de la facultad de imponer sanciones bajo el pretexto de incomodidad pública o “molestia a la comunidad”, lo cual marca un precedente en cuanto al respeto por el nudismo en Colombia.
Cambios en la Legislación y en el Código de Policía
El fallo de la Corte obligó a que se eliminara la frase “que genere molestia a la comunidad” del artículo 33, literal b, del Código Nacional de Policía y Convivencia. Esta expresión subjetiva, que daba lugar a sanciones por actos que simplemente incomodaban a algunas personas, fue declarada inexequible, es decir, fue considerada inconstitucional y eliminada de la ley.
A partir de esta decisión, el Código Nacional de Policía y Convivencia ya no podrá utilizar esta disposición como fundamento para sancionar la desnudez en espacios públicos. No obstante, la ley continúa exigiendo que la desnudez sea manejada con respeto y sin intenciones lascivas o de acoso. Las conductas de exhibicionismo que sí incurran en fines libidinosos o acosadores pueden ser penalizadas bajo otras normativas, como las leyes que protegen a las personas del acoso y la violencia sexual.
¿Qué Significa Esto para el Nudismo en Colombia?
Con esta reforma, el nudismo en Colombia ha alcanzado un nivel de aceptación y legalidad que permite a las personas disfrutar de su cuerpo y su desnudez en público, sin temor a represalias legales. La decisión abre las puertas a prácticas de nudismo en espacios públicos bajo contextos de protesta, eventos culturales y actividades artísticas, sin que la policía intervenga por incomodidad o malinterpretación.
El fallo, además, envía un mensaje de tolerancia y respeto hacia las diferentes expresiones del ser humano, reconociendo el derecho de las personas a ejercer su libertad individual en espacios públicos. Esta decisión no solo protege el derecho al nudismo en sí, sino que también defiende la idea de que la simple incomodidad visual no debe ser razón suficiente para limitar los derechos de los demás.
¿Es Ilegal Estar Desnudo en Espacios Públicos en Colombia?
Nudismo público como método de protesta |
Con esta nueva interpretación legal, estar desnudo en un espacio público en Colombia ya no se considera ilegal. Las personas pueden estar desnudas en lugares públicos, siempre que su conducta no esté destinada a acosar o intimidar a otros. Esto incluye situaciones como caminatas, actividades de protesta, e incluso eventos artísticos, que anteriormente podían ser malinterpretados como exhibicionismo por parte de la policía.
¿Qué Consecuencias Puede Tener el Nudismo en Espacios Públicos?
Aunque la desnudez en sí misma no es ilegal, los actos de desnudez en espacios públicos aún deben cumplir ciertos parámetros para evitar posibles sanciones. Estos son algunos de los límites y consideraciones para practicar nudismo en público sin riesgo de consecuencias legales:
Prohibición del Acoso o la Violencia Sexual: La exposición de los órganos genitales será sancionable si tiene una intención acosadora o sexualmente violenta. La Corte ha determinado que el nudismo, cuando es un acto de expresión o de práctica de vida, debe ser protegido, pero no así cuando se usa como medio para intimidar o acosar.
Responsabilidad en el Uso del Espacio Público: Aunque el fallo establece que la incomodidad visual no debe ser motivo para penalizar el nudismo, es recomendable que quienes practican esta modalidad sean conscientes del contexto y el entorno en el que lo hacen, especialmente en espacios concurridos.
Límites en el Transporte Público: La desnudez en espacios de transporte público puede ser cuestionada por autoridades locales bajo otras normativas que regulan el comportamiento en estos medios, por lo que, aunque no se considera un acto ilegal, es importante actuar de manera prudente y respetuosa en estos espacios.
La Evolución del Nudismo en Colombia
Este fallo de la Corte Constitucional representa un avance importante para el nudismo en Colombia, un país donde esta práctica había sido limitada y sancionada por consideraciones culturales y sociales. La decisión abre las puertas a la normalización del nudismo y puede inspirar una mayor aceptación social y legal en el futuro. Además, establece un marco legal más claro para la libertad de expresión y el derecho a decidir sobre el propio cuerpo, sin temor a repercusiones o malinterpretaciones legales.
La Corte Constitucional de Colombia ha dado un paso significativo al despenalizar el nudismo en espacios públicos, protegiendo el derecho al libre desarrollo de la personalidad y la libertad de expresión. Este fallo representa un reconocimiento de los derechos individuales y la necesidad de construir una sociedad más tolerante y respetuosa de la diversidad. Con esta decisión, Colombia se une a otros países que defienden el nudismo como una expresión legítima, dando un paso hacia una sociedad más inclusiva y libre de prejuicios; desde el Directorio Nudista Colombiano, invitamos a la comunidad nudista a participar y apoyar los eventos que fomentan este estilo de vida y a participar de manera responsable de los eventos, así como a invitar a personas que aun no han vivido la experiencia del nudismo o naturismo, de manera responsable; aunque no es delito, entendemos que públicamente el nudismo puede ser considerado inapropiado o escandaloso, por lo que recomendamos buscar opciones de eventos debidamente organizados para vivir la experiencia de la forma más segura posible.
Activistas y lideres nudistas estan gestionando la posibilidad de que legalmente se declaren playas nudistas en el país, ya que incluso la famosa playa Boca del Saco del Parque Nacional Tairona en Santa Marta, no está legalmente establecida como nudista, pero muchas personas la usan de esta manera debido a la distancia que supone llegar para la mayoria del público y las autoridades.
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